¿Preocupado por el futuro? ¡No eres el único! Muchos se hacen esa misma pregunta: ¿qué pasaría si ya no estoy aquí? Pero tranquilo, aquí estamos para despejar tus dudas sobre el seguro de vida y quiénes pueden ser tus beneficiarios.
¿Es necesario designar a los beneficiarios al momento de contratar el seguro? No. El asegurado puede hacerlo desde el inicio de la vigencia de su póliza o posteriormente. De hacerlo después, esta designación debe realizarse a través de un documento que se entrega a la aseguradora, quien a su vez registrará la designación.
También, muchos se preguntarán si las personas que se designan como beneficiarios tiene que ser necesariamente familiares, a lo que te contamos que no. Puedes elegir a quien quieras para que se beneficie de tu póliza, a tu mejor amigo, a tu vecino de años o incluso a ese peluquero de confianza que siempre ha escuchado cada una de tus vivencias. Recuerda que los beneficiarios no tienen que ser necesariamente familiares del asegurado. Asimismo, no hay un número límite para designarlos.
Ahora, qué pasa si contrataste un seguro de vida pero olvidaste designar a los beneficiarios, pues si la póliza no contiene a los beneficiarios y no existe un testamento, la indemnización contemplada en el seguro de vida corresponderá a los herederos legales del asegurado, quienes deberán tramitar la Sucesión Intestada.
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