José, 41 años, San Juan de Lurigancho
Hola, José. Esta pregunta es muy común. Y se repite cada vez que alguien adquiere un seguro de vida, pero no te preocupes, que hoy aclararé todas tus dudas.
Un seguro de vida es como un abrazo financiero que dejas a quienes más te importan, incluso si no están contigo. Al contratarlo, tienes el poder de decidir libremente quiénes serán tus beneficiarios. ¿Y lo mejor? No tienen que ser tus familiares directos. Sí, así como lo lees. También pueden ser tu mejor amiga/o, incluso una expareja sentimental.
¿Qué pasa si no designo beneficiarios?
Si no has designado a nadie, la indemnización del seguro no se pierde. En este caso, el monto irá automáticamente a tus herederos legales. Esto incluye a tu conviviente registrado, esposo/a, hijos e incluso a tus padres. Sin embargo, tendrán que realizar el trámite de una sucesión intestada para acceder al beneficio, lo cual puede llevar tiempo y ser un poco más complicado. Por eso es importante planificar y definir quiénes serán tus beneficiarios desde el inicio.
¿Puedo nombrar a mis padres como beneficiarios?
¡Por supuesto que sí! Si no tienes pareja ni descendientes, tus padres pueden ser tus beneficiarios directos. Solo necesitas registrarlos al contratar el seguro o actualizar tu póliza.
Finalmente, recuerda, José, que el seguro de vida es más que un contrato; es un acto de amor y cuidado. Así que si aún no decides, no pierdas más tiempo, toma el control, elige a tus beneficiarios.
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